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Plan de Garantía Juvenil

Desde el 7 de julio, los menores de veinticinco años podrán inscribirse en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil para beneficiarse de las nuevas medidas en apoyo al empleo aprobadas por el Gobierno de España para fomentar la formación y contratación de los jóvenes. El Consejo de Ministros del Gobierno de España aprobó un catálogo de bonificaciones para luchar contra el desempleo en los jóvenes, denominado Sistema de Garantía Juvenil.

El objetivo de este nuevo programa de acciones para luchar contra el desempleo es que los jóvenes menores de veinticinco años puedan recibir una oferta de empleo, educación, formación de aprendiz o prácticas tras acabar la educación formal o quedar desempleadas. Para ello se crean una serie de incentivos en la contratación de los inscritos en este programa entre los que destaca la bonificación de trescientos euros mensuales en cotizaciones sociales durante medio año para las empresas que contraten a tiempo completo a los jóvenes.

Además el Gobierno bonificará el cien por ciento de las cotizaciones sociales para los contratos de formación y aprendizaje, y para los contratos en prácticas los empresarios también podrán beneficiarse con una reducción del cincuenta por ciento que llegará al cien por ciento si contratan a un joven inscrito en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

En España se enmarca en la Estrategia de Emprendimiento Joven puesta en marcha por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social para dar respuesta a la situación laboral en la que se encuentran muchos jóvenes en España. 

Todos aquellos interesados deberán realizar una solicitud de inscripción para registrarse en el Sistema de Garantía Juvenil y cumplir los siguientes requisitos:
• Tener entre 16 y 25 años.
• En el caso de personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33% tener más de 16 años y menos de 30.
• Tener la nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión o de los Estados parte del Acuerdo Económico Europeo o Suiza que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.
• También podrán inscribirse los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español que habilite para trabajar.
• Estar empadronado en cualquier localidad del territorio nacional español.
• No haber trabajado en los últimos 30 días.
• No haber recibido acciones educativas en los últimos 90 días.
• No haber recibido acciones formativas en los últimos 30 días.
• Adquisición de un compromiso de participación activa.

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(pincha en la imagen para acceder a la web del Ministerio y realizar la solicitud)

Todos aquellos interesados en recibir más información puede acudir a la ZJ o Centro Social

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