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Riesgo de Incendios

Estando próximo el inicio de la época estival, y a fin de evitar incendios y riesgos innecesarios en personas y bienes, por el presente vengo a recordar, las obligaciones y las consecuencias que puede ocasionar la omisión de lo siguiente:
- conservar y mantener, la propiedad del suelo y su masa vegetal en las condiciones precisas para evitar riesgos, (artículo 51.1.1.b) del Decreto Legislativo 1/2010, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística).
- Mantener los terrenos…., en condiciones de seguridad…. y con… cumplimiento de las Condiciones de Prevención de Incendios regulados por la CPI-96 o norma que lo sustituya (art. 2.3.1 de las Normas Urbanísticas del POM)
- todas las parcelas deben contar con el correcto cerramiento precisamente para evitar que la acumulación de desechos (art.8.2.3 de las Normas Urbanísticas del POM).
- La obligatoriedad del cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Plan de Ordenación Municipal, y demás disposiciones legales de vigente aplicación a todos los sujetos, públicos y privados (art.1.0.7 de las Normas Urbanísticas del POM), incluidos Ordenanzas y Bandos
- La potestad municipal para dictar ordenes de ejecución al amparo de lo dispuesto en el art. 2.3.4 y siguientes de las Normas Urbanísticas del POM).
- Comisión de infracción a los propietarios incumplidores de los deberes y obligaciones establecidas la normativa urbanística, determinará la Imposición de sanciones cuya cuantía puede determinar multas de entre 600€ a 6.000€
Asimismo se recuerda, que con esta misma fecha se ha enviado la notificación correspondiente a todos aquellos propietarios de parcelas que presentan signos de incumplimiento de lo dispuesto anteriormente, al objeto de que tomen las medidas oportunas, en el plazo establecido al efecto, ya que en caso contrario, se procederá de oficio al inicio del expediente sancionador correspondiente.

 

Villanueva de la Torre 4 de Junio de 2012.

LA ALCALDESA

Fdo. Marta Valdenebro Rodriguez

Historia

Este pequeño enclave campiñero que es Villanueva se encuentra recogido en un estrecho valle que forma el arroyo de las Monjas, al abrigo de destemplanzas y malos aires. Se forma a partir de un escaso manojo de edificaciones, todas ellas de carecer moderno. Villanueva tiene un  único edificio con interés histórico. Es su iglesia parroquial, dedicada a la Virgen María. Se trata de una construcción del siglo XVI en su primera mitad. A mediodía se abre el atrio, formado de columnata de bien tallado sillar sobre corrido apoyo, con medallones lisos en las enjutas, y sencillos mensulones en las claves de cada uno de los seis arcos que le forman. Tiene cuatro arcos semicirculares, de aire muy renacentista y señorial, y está cubierto por artesonado de tallada madera con labor renacentista.
Una portada de escuetas líneas da paso al interior, de una sola de una sola nave y artesonado sencillo, de madera, con coro alto a los pies. Dentro no queda antiguo más que el artesonado, de sencilla estructura de pares y nudillos, con talladas artesas triangulares en las dos esquinas delanteras de la nave fruto del expolio a que se vio sometido el templo tanto en la Guerra de la Independencia como en la Contienda Nacional de 1936; el presbiterio y capillas laterales tiene las paredes desnudas.  Las imágenes son todas modernas, compradas recientemente.
A un lado del altar mayor está, iluminada y con flores, la imagen blanca y pura de la Virgen del Amor Hermoso. Las mujeres tienen todavía cofradía con su nombre, y la festejan el último domingo de mayo con solemne función religiosa y pública. La única efigie antigua que se conserva es la imagen de San Roque. En el extremo noroccidental del templo se alza graciosa torre de fábrica de ladrillo, sillar y sillarejo que da nombre al pueblo.
Villanueva de la Torre fue desde la reconquista aldea del Común de Guadalajara, en cuya jurisdicción siguió hasta el siglo XVI, en que fue declarada villa y sometida a la única autoridad y señorío del Rey. En su término, a medio camino de Meco, y a orillas de la antigua Cañada Real, se encuentran los restos de la aldea y templo de Bujes, en el que tuvieron casa, entre otros personajes de la nobleza arriacense, el doctor Luis de Lucena y el historiador Medina de Mendoza. Precisamente el haber sido lugar de paso durante muchos siglos, de gentes importantes, guerreros y viajeros, le ha hecho abierta y lúcida: Villanueva es hoy, además, un lugar amable donde se vive con comodidad y alegría.
La Villa se forma a partir de un escaso manojo de edificaciones, con el carácter simple de la arquitectura propia de la Campiña del Henares. Hoy crece de forma ordenada  sobre la base de urbanizaciones residenciales después de que en el año 2005 fuera aprobado su Plan de Ordenación Municipal.
Madoz 1845 - 1850
Esto es lo que decía el Madoz 1845-1850 sobre Villanueva de la Torre:
VILLANUEVA DE LA TORRE: V. con ayunt. en la prov. y part. jud. de Guadalajara (21/2 leg), aud. terr. de Madrid (19 1/2), aud. terr. de Madrid (7 1/2), c.g. de Castilla La Nueva, dióc. de Toledo (19 1/2), SIT. en un delicioso valle, con CLIMA templado y sano: tiene 70 casas; la consistorial; escuela de instrucción primaria pagada de los fondos públicos; una igl. parr. servida por una cura y un sacristán; config el tébar, con los de Valdeaveruelo, Quer, Valbueno y Bugés: el TERRENO bañado por varios arroyos, entre ellos el llamado Valdeserrano que nace en Valbueno, es sin embargo de mala calidad: CAMINOS los locales: conexo, se recibe y despachan en Guadalajara. PROD. Cereales, legumbres, y pastos con los que se mantiene el ganado lanar, mular y asnal. IND.: la agrícola y alguno de los oficios y artes mecánicas más indispensables. POBL.: 65 vec., 258 almas, CAP. PROD.: 1.215,625 rs. IMP.: 97,250. CONTA., 8.602.

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